COVID-19 Restricciones de viaje a Estados Unidos

Category: Restricciones ESTA | 0
COVID-19 Restricciones de viaje

Tras la pandemia de coronavirus, el presidente Trump ha introducido nuevas normas sobre visados e inmigración. Tanto si planea visitar EE.UU. por negocios, por vacaciones o para estudiar, es más importante que nunca estar al tanto de la información más reciente. Estas son algunas de las preguntas más frecuentes que se hacen las personas que desean viajar a Estados Unidos.

¿Puedo presentar una solicitud ESTA?

A pesar de las restricciones para viajar provocadas por la pandemia de COVID, aún puede solicitar un ESTA. Las solicitudes se están tramitando actualmente dentro de los plazos habituales. No es necesario que confirme sus planes de viaje al presentar la solicitud. Si desea viajar a EE.UU. en un plazo de dos años (periodo de validez del ESTA), puede solicitar el ESTA de la forma habitual.

¿Puedo entrar actualmente en Estados Unidos?

Según las Proclamaciones Presidenciales 9992, 9993, 9996 y 9984, se impedirá la entrada en el país a los extranjeros que hayan estado presentes en cualquiera de una larga lista de países (véase más abajo) durante un periodo de 14 días inmediatamente anterior a su viaje previsto a Estados Unidos. La lista de países cubiertos por la Proclamación en agosto de 2020 incluye:

  • Reino Unido (Gran Bretaña e Irlanda del Norte, excluidos los territorios de ultramar fuera de Europa)
  • República de Irlanda

Los 26 países del espacio Schengen. Por orden alfabético, son los siguientes:

  • Austria
  • Bélgica
  • República Checa
  • Dinamarca
  • Estonia
  • Finlandia
  • Francia
  • Alemania
  • Grecia
  • Hungría
  • Islandia
  • Italia
  • Letonia
  • Liechtenstein
  • Lituania
  • Luxemburgo
  • Malta
  • Países Bajos
  • Noruega
  • Polonia
  • Portugal
  • Eslovaquia
  • Eslovenia
  • España
  • Suecia
  • Suiza

Otros países incluidos en la prohibición temporal son:

  • Brasil
  • Irán
  • República Popular China (excluidos Hong Kong y Macao)

Los ciudadanos estadounidenses y sus familiares directos, los residentes legales permanentes y otras personas específicas identificadas por la Proclamación Presidencial 9996 están exentos de la prohibición de viajar. El DHS (Departamento de Seguridad Nacional) recomendará a los viajeros de estas categorías que hayan estado en cualquiera de los países mencionados que entren en Estados Unidos por aeropuertos seleccionados en los que se apliquen procedimientos de control reforzados.

Los estudiantes con visados F-1 o M-1 que viajen desde el Reino Unido, Irlanda y los países del espacio Schengen no necesitarán solicitar una excepción por interés profesional antes de viajar.

¿Puedo viajar a EE.UU. con un ESTA mientras COVID-19 tenga restringido el viaje?

Su ESTA será válido hasta su fecha de caducidad a menos que el pasaporte con el que lo solicitó caduque antes de esta fecha. Sin embargo, el gobierno de Estados Unidos ha tomado varias medidas para restringir la propagación del COVID-19, entre ellas la prohibición temporal de entrar en el país a los viajeros que hayan visitado zonas de alto riesgo.

¿Pueden anular mi ESTA?

Si USCIS sospecha que un viajero no ha respetado las restricciones de viaje, cancelará su ESTA. Pueden volver a solicitar un ESTA una vez que hayan aceptado cumplir la normativa temporal. Ha habido algunos casos en los que una compañía aérea ha informado por error al USCIS de que un viajero ha visitado uno de los países de la lista de prohibición de viajar en los 14 días anteriores al viaje, y su ESTA se ha cancelado por error. Si esto ocurriera, los viajeros deben ponerse en contacto con su compañía aérea en primera instancia.

¿Puedo entrar en EE.UU. a través de un país que no figure en la lista de países prohibidos de la Proclamación?

Viajar a EE.UU. a través de un país que actualmente no está cubierto por la Proclamación 996 puede, en teoría, ser posible. No obstante, es aconsejable comprobar si el país por el que tiene previsto viajar ha aplicado alguna restricción de viaje propia. Los viajeros también deben tener en cuenta que, aunque no salgan del aeropuerto de un país de la lista restringida, sigue contando como si hubieran estado físicamente presentes.

Dispongo de un registro válido en el ESTA o de un visado válido de inmigrante, no inmigrante o prometido. Creo que estoy exento de las restricciones temporales contempladas en la Proclamación Presidencial 9996, ¿cómo debo proceder?

Si cree que está exento de las últimas restricciones de viaje, es aconsejable que se ponga en contacto con su compañía aérea para conocer los cambios recientes en las restricciones y asesorarse sobre sus planes de viaje.

  • Si ha decidido viajar, tenga en cuenta los siguientes consejos:
  • Si se ha registrado en el ESTA, no intente facturar el vuelo por Internet.
  • Llegue pronto para facturar su vuelo
  • Es posible que le pidan que demuestre por qué está exento de las restricciones de viaje. Lleve consigo todos los documentos pertinentes, como la tarjeta verde (tarjeta de residencia permanente), el certificado de nacimiento o el certificado de matrimonio.
  • Muchos viajeros también respaldan su afirmación llevando una copia de la Proclamación Presidencial.
  • Los funcionarios del Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras de Estados Unidos (CBP) revisarán su situación. Si procede, le restablecerán el ESTA para que pueda embarcar en el vuelo.

Las embajadas de EE.UU. no pueden proporcionar documentación oficial que demuestre su exención de las restricciones de viaje.

El resultado de mi prueba COVID-19 es negativo. ¿Puedo viajar a Estados Unidos?

Ninguna de las Proclamaciones Presidenciales incluye exenciones basadas en un resultado negativo de la prueba COVID-19.

¿Tendré que someterme a autocuarentena tras entrar en EE.UU. y, en caso afirmativo, durante cuánto tiempo?

Durante la pandemia, la situación puede cambiar rápidamente, por lo que el Departamento de Estado de EE.UU. aconseja que consulte el sitio web de los CDC para obtener la información más reciente sobre las políticas de cuarentena COVID-19.

¿Mi visado de inmigrante equivale a una tarjeta verde y me otorga el estatuto de residente legal permanente?

Sólo puede solicitar la tarjeta verde (tarjeta de residente permanente) desde dentro de Estados Unidos. Si viaja a un puerto de entrada a Estados Unidos siendo titular de un visado de inmigrante y es admitido en el país como LPR (residente legal permanente), se le entregará la documentación necesaria para solicitar la tarjeta verde.

Le sellarán el pasaporte para que pueda viajar al extranjero mientras espera la Tarjeta Verde. Si tiene un visado de inmigrante pero no ha sido admitido en EE.UU. con ese visado, se le considerará únicamente titular de un visado de inmigrante y no de un permiso de residencia de larga duración.

¿Cuándo volverá a ser seguro viajar a Estados Unidos?

Aún no se ha hecho pública ninguna información sobre cuándo se levantará la prohibición temporal de viajar. En esta situación fluida, los viajeros con un ESTA deben mantenerse informados de las últimas novedades, ya que las normas están sujetas a cambios frecuentes.

¿Qué ocurre si me encuentro actualmente en EE.UU. y deseo viajar a un país incluido en la lista de prohibición de viajar?

No hay restricciones para viajar desde EE.UU. a los países incluidos en la lista de prohibición de viajar, pero los viajeros deben autoacuartelarse durante 14 días tras su llegada. No hacerlo puede acarrear una multa. Las directrices sobre el coronavirus varían de un estado a otro de EE.UU., pero como mínimo deben observarse las siguientes:

– No visitar a personas vulnerables
– Mantenga una distancia social mínima de 1,5 metros
– No estrechar la mano ni abrazar
– Lávese las manos frecuentemente con agua tibia y jabón
– Intenta no tocarte la cara
– Utiliza pañuelos de papel y deséchalos de forma higiénica
– Llevar una máscara cuando el distanciamiento social es imposible

Si su ESTA está a punto de caducar y no puede salir de EE.UU. según lo previsto, por ejemplo, por enfermedad o si su vuelo ha sido cancelado, puede solicitar una prórroga del ESTA de 30 días. Póngase en contacto con un centro del USCIS o con un puesto fronterizo del aeropuerto para obtener más información.